Hora de lactancia en Paraguay: descansos y trabajo
En Paraguay, las madres trabajadoras tienen un permiso de 90 minutos por día para amamantar durante los primeros 6 meses de vida del bebé (Ley 5508/2015, artículo 14). Podés usarlo como te convenga según las necesidades de tu hijo o hija, desde el primer día de tu regreso al trabajo. Con indicación médica, puede extenderse desde los 7 meses hasta los 24 meses, a razón de 60 minutos por día. Ese tiempo cuenta como trabajado y se paga.

Qué dice la ley
El artículo 14 de la Ley 5508/2015 concede a las madres trabajadoras un permiso de 90 minutos por día para amamantar durante los primeros 6 meses del bebé. Los minutos se cuentan desde el primer día de reintegro al trabajo, después de la licencia de maternidad.
Lo podés usar de la forma que estimes conveniente según las necesidades de tu hijo o hija: por ejemplo, en dos momentos, o al empezar o terminar la jornada. Ese permiso se considera período trabajado, con goce de salario, es decir que no te pueden descontar el sueldo.
Desde los 7 meses y hasta los 24 meses de edad, el permiso puede extenderse por indicación médica, y en ese caso es de 60 minutos por día.
- Primeros 6 meses90 minutos por día, pagos
- Desde los 7 hasta los 24 meses60 minutos por día, con indicación médica, pagos
- Cómo se cuentaDesde el primer día de regreso al trabajo, y se considera tiempo trabajado
Cómo organizarlo con tu empleador
Antes de volver, conversá cómo vas a usar los minutos: todo junto, en dos pausas, al inicio o al final del día. La ley te deja elegir la forma según las necesidades del bebé; lo práctico es acordarlo con anticipación y dejarlo por escrito.
Para la extensión desde los 7 meses, pedile a tu médico o médica pediatra una indicación por escrito y entregala en el trabajo.
| Etapa del bebé | Tiempo por día | Qué necesitás |
|---|---|---|
| 0 a 6 meses | 90 minutos | Avisar tu regreso y cómo vas a usarlos |
| 7 a 24 meses | 60 minutos | Indicación médica para extender el permiso |
Salas de lactancia y protección laboral
La Ley 6453/2019 reforzó la obligación de garantizar espacios adecuados para la lactancia en los lugares de trabajo. Además, la lactancia nunca puede ser causa justificada de despido, y el despido comunicado mientras usás estos permisos es nulo (artículo 15). Más en fuero maternal y despido.
Si te ponen trabas o te descuentan estos minutos, guardá tu aviso, la indicación médica y tus recibos, y consultá en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS). Para el resto de tus derechos, volvé a la licencia de maternidad.
Paso a paso
Antes de volver
Avisá que vas a usar el permiso de lactancia y proponé cómo repartir los 90 minutos.
Desde los 7 meses
Si querés seguir, pedí una indicación médica por escrito y entregala para pasar a 60 minutos por día.
Guardá todo
Conservá el acuerdo, la indicación médica y tus recibos, por si hay una diferencia.
- Gratis · sin tienda · cuenta opcional · tus datos son tuyos
Preguntas frecuentes
¿Cuántos minutos por día tengo para amamantar?
90 minutos por día durante los primeros 6 meses del bebé. Con indicación médica se puede extender desde los 7 hasta los 24 meses, a razón de 60 minutos por día.
¿Me descuentan esos minutos del sueldo?
No. La ley dice que el permiso se considera período trabajado, con goce de salario.
¿Puedo usar los 90 minutos todos juntos?
Sí. La ley deja que la madre los use de la forma que estime conveniente según las necesidades del niño o la niña.
¿Desde cuándo se cuentan los 6 meses?
Los minutos se cuentan desde el primer día de reintegro al trabajo, después de la licencia de maternidad.
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Fuentes
- Ley 5508/2015 — promoción, protección de la maternidad y apoyo a la lactancia materna · Biblioteca y Archivo Central del Congreso Nacional (BACN) ·
- Ley 6453/2019 — modifica y amplía la Ley 5508/2015 · Biblioteca y Archivo Central del Congreso Nacional (BACN) ·
Actualizado el


