Fuero maternal y despido en Paraguay
En Paraguay, desde el momento en que tu empleador sabe que estás embarazada y mientras usás la licencia de maternidad u otros permisos de la ley, el preaviso y el despido son nulos. Además, tenés inamovilidad laboral hasta 1 año después del nacimiento o la adopción, y el embarazo, el nacimiento o la lactancia nunca pueden ser causa justificada de despido (Ley 5508/2015, artículo 15). Por eso conviene avisar el embarazo por escrito y guardar una copia.

Qué protege el fuero maternal
El artículo 15 de la Ley 5508/2015 dice que, desde que el empleador es notificado del embarazo y mientras la trabajadora usufructúa el permiso de maternidad y los demás permisos de la ley, incluidos los de lactancia, son nulos el preaviso y el despido que se le comuniquen.
La misma norma reconoce inamovilidad laboral hasta 1 año después del nacimiento o de la adopción, y aclara que en ningún caso el embarazo, la adopción, el nacimiento o la lactancia pueden ser, directa o indirectamente, causa justificada de despido.
- Desde cuándoDesde que el empleador es notificado del embarazo
- Hasta cuándoHasta 1 año después del nacimiento o la adopción
- Qué es nuloEl preaviso y el despido comunicados durante la protección
Cómo avisar el embarazo
La protección corre desde que tu empleador está notificado, así que te conviene avisar por escrito, con la fecha, y guardar una copia. Podés acompañar el aviso con el certificado médico de tu embarazo.
No hace falta esperar a la licencia para avisar: la protección corre desde que el empleador es notificado del embarazo. Para tus controles durante el embarazo, mirá el permiso para controles prenatales.
Qué hacer si te despiden o te presionan
Si te comunican un despido, o te piden firmar una renuncia o un acuerdo mientras estás embarazada o dentro del año posterior al nacimiento, no firmes sin asesoramiento. Guardá la comunicación original, los mensajes, tus recibos y la fecha en que avisaste el embarazo.
Consultá en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) o con un abogado o abogada laboralista. Para un caso concreto, la evaluación necesita tus documentos; esta guía explica lo que dice la ley, no reemplaza el asesoramiento legal.
| Qué guardar | Para qué sirve |
|---|---|
| Aviso del embarazo con fecha y certificado médico | Muestra desde cuándo el empleador estaba notificado |
| Comunicación de despido o propuesta de renuncia | Es la prueba de lo que te comunicaron |
| Recibos de sueldo y contrato | Permiten revisar tu situación laboral |
Otros derechos ligados
La protección cubre también la licencia de maternidad y la hora de lactancia. Para ver todos tus derechos juntos, mirá el mapa de derechos de la embarazada que trabaja.
Paso a paso
Avisá por escrito
Comunicá el embarazo a tu empleador con fecha y, si podés, con el certificado médico.
Guardá las pruebas
Conservá el aviso, los mensajes, el contrato y los recibos.
Buscá asesoramiento
Ante un despido o una propuesta de renuncia, consultá en el MTESS o con un abogado o abogada laboralista antes de firmar.
- Gratis · sin tienda · cuenta opcional · tus datos son tuyos
Preguntas frecuentes
¿Hasta cuándo estoy protegida contra el despido?
Hasta 1 año después del nacimiento o la adopción, desde que el empleador es notificado del embarazo.
¿Qué pasa si me despiden estando embarazada?
Según la ley, el preaviso y el despido comunicados durante la protección son nulos. Consultá en el MTESS o con un abogado o abogada laboralista.
¿Tengo que avisar mi embarazo para estar protegida?
La protección corre desde que el empleador es notificado, por eso conviene avisar por escrito y guardar una copia.
¿La lactancia puede ser motivo de despido?
No. La ley dice que la lactancia nunca puede ser causa justificada de despido, directa ni indirectamente.
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Fuentes
- Ley 5508/2015 — promoción, protección de la maternidad y apoyo a la lactancia materna · Biblioteca y Archivo Central del Congreso Nacional (BACN) ·
Actualizado el


